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Matriculados santiagueños serán eximidos del pago de impuestos
12/03/2026
Se consiguió que la dirección de Rentas Municipal y el Honorable Consejo Deliberante de la ciudad Capital de Santiago del Estero sancionara, en su última reforma del Código Tributario, mediante Ordenanza N° 6582/25. art 122, excluir a los Corredores Inmobiliarios matriculados de la ciudad capital, que se encuentren al día, del pago de obligaciones tributarias (inspección y afines) La Ordenanza N° 6582/25 en su ART. 122° expresa: “Incorporese al Art. 190 Inc. B) como punto H) lo siguiente: Los Corredores Inmobiliarios que desarrollan su actividad en nuestro medio y que se encuentren matriculados, con matricula activa y al día en el Colegio de Corredores Inmobiliarios de Santiago del Estero, a partir de la sanción de la presente. A tales fines, y como requisito esencial para mantener la exención establecida, el colegio deberá remitir hasta el 31 de enero de cada año nómina de corredores en condiciones de obtener el beneficio.”